domingo, 11 de noviembre de 2018
Las diatribas de Francisco Irreverente. Sonarse los mocos.
Suele usarse un papel o un pedazo de tela. En ambos casos
suave si la situación lo permite para no hacerse daño en la nariz y evitar un
roce, generalmente continuo, que termina provocando una irritación molesta,
caracterizada por su color rojizo casi sanguinolento, sobre todo en la columela.
Es cierto, sin embargo, que los deportistas cuando practican su deporte suelen
—solemos, debo incluirme en este grupo de ¿repugnantes?— sonarse al aire
apretándose hasta cegarla una de las narinas y expulsando el exceso de
mucosidad por la otra en un fuerte trompetazo que le permite proseguir
liberado, al menos temporalmente, de ese indeseable moco. Posteriormente se
procede idénticamente con la otra fosa nasal. Este procedimiento, que puede
parecer algo asqueroso, al parecer, es el recomendado por los expertos para
evitar males mayores en la nariz. Los médicos dicen que es necesario eliminar
esa mucosidad que se almacena en las fosas nasales, especialmente para los que
sufren de alergias, catarros, gripes, o alguna otra suerte de infección. Otra
cosa es que la congestión sea muy grande, en cuyo caso eliminar ese excesivo
humor resulta complicado y la repetición permanente del gesto de sonarse la
nariz puede llegar a provocar incluso alguna molesta herida.
Que el papel o la tela que usemos para liberarnos del
malestar provocado por el moco tenga un dibujo de una u otra forma o con unos u
otros colores, no es algo nuevo. Cada compañía vendedora de pañuelos busca llamar
la atención del potencial mocoso con la finalidad de que sea su marca la
adquirida para incrementar la cuenta de resultados de la empresa. He podido
contrastar que hay pañuelos, especialmente de papel, con toda suerte de estampados,
incluso, fíjense ustedes bien, con imágenes de ángeles. Y digo yo que si se
ofertan es porque se venden, ergo, alguien los compra. El motivo por el que una
persona decide comprar un pañuelo de papel, ya digo que en tela es más difícil
encontrarlos, que incluya un dibujo, símbolo o grafía específica puede ser muy
variado, a pesar de que resultan ser más caros que aquellos que no incluyen
esta decoración. No pretendo hacer ahora un análisis de las motivaciones, pero
está claro que, si te gastas más dinero en algo que sirve para lo mismo que
otra cosa, alguna razón debe existir, incluso cuando lo que se pretenda sea la
chanza, hecho este más que justificable porque reírse es, dicho de forma
pueril, bueno.
Es tras la elección del estampado del pañuelo cuando la
utilización de uno u otro puede resultar ofensiva, divertida o ambas para según
quién. Este hecho se agrava, en sentido positivo o negativo, como es lógico si
el gesto se realiza de forma pública y notoria. Dice la Constitución Española de
1978 en su artículo 4.1: «La bandera de
España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja,
siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas». La
descripción del escudo español está hecha en la Ley 33/1981, de 5 de octubre y con
una literatura preciosista, pero insuficiente para describir un escudo, dice
(El «Yo» se refiere al rey de España en aquel momento, Juan Carlos):
A todos los que la
presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales
han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:
Artículo primero.
El escudo de España es
cuartelado y entado en punta. En el primer cuartel, de gules o rojo, un
castillo de oro, almenado, aclarado de azur o azul y mazonado de sable o negro.
En el segundo, de plata, un león rampante, de púrpura, linguado, uñado, armado
de gules o rojo y coronado de oro. En el tercero, de oro, cuatro palos, de
gules o rojo. En el cuarto, de gules o rojo, una cadena de oro, puesta en cruz,
aspa y orla, cargada en el centro de una esmeralda de su color. Entado de
plata, una granada al natural, rajada de gules o rojo, tallada y hojada de dos
hojas, de sinople o verde.
Acompañado de dos
columnas, de plata, con base y capitel, de oro, sobre ondas de azur o azul y
plata, superada de corona imperial, la diestra, y de una corona real, la
siniestra, ambas de oro, y rodeando las columnas, una cinta de gules o rojo,
cargada de letras de oro, en la diestra «Plus» y en la siniestra «Ultra».
Al timbre, corona
real, cerrada, que es un círculo de oro, engastado de piedras preciosas,
compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles cinco, interpoladas de
perlas y de cuyas hojas salen sendas diademas sumadas de perlas, que convergen
en un mundo de azur o azul, con el semimeridiano y el ecuador de oro, sumado de
cruz de oro. La corona, forrada de gules o rojo.
Artículo segundo.
El Escudo de España,
tal como se describe en el artículo anterior, lleva escusón de azur o azul,
tres lises de oro, puestas dos y una, la bordura lisa, de gules o rojo, propio
de la dinastía reinante.
Por último, tenemos el REAL DECRETO 1560/1997 de 10 de
octubre por el que se regula el Himno Nacional. En este se indica que el Real Decreto
1543/1997 de 3 de octubre dispuso la adquisición exclusiva por al Estado de los
derechos de explotación de la obra tradicionalmente conocida como «Marcha
Granadera» o «Marcha Real Española». Posteriormente nos dice que «… Dada la naturaleza de esta obra resulta
oportuno regular asimismo su carácter y utilización como himno nacional de
España y establecer, formalmente, la partitura oficial, sus diferentes
versiones y las distintas modalidades de interpretación», después procede,
con una redacción compleja, a describir el himno, algo imposible que con una partitura
se habría logrado de forma mucho más sencilla. Por cierto, eché en falta en el vídeo
del consabido cómico que acompañara toda la representación con este himno para
que el conjunto tuviese mayor «empaque».
En fin, en cualquier caso, en ninguno de los tres documentos
referidos aparece asociación alguna entre los elementos descritos, a saber,
bandera, escudo o himno, y su simbología nacional. Es decir, se erigen como
bandera, escudo e himno de España, pero no se indica que sean su símbolo,
circunstancia que no es sobrevenida porque sí hay una explícita referencia a la
simbología del estado expresada en el Artículo 56 de la Constitución donde se
dice que «El Rey es el Jefe del Estado,
símbolo de su unidad y permanencia, …». La Constitución convierte al Rey en
símbolo de la unidad y permanencia del Estado, eso es lo que dice y solo lo
dice sobre el Rey.
Aclarada esta circunstancia, en absoluto baladí, nadie
debería sentirse ofendido, al menos no en términos jurídicos, por una afrenta
contra los aparentes —presuntos sería el término más ajustado a las modas
actuales—símbolos del estado porque estos no lo son por Constitución, Ley o
Real Decreto. Es evidente que si se erigen como tales es por populismo,
tradición o costumbre —e incluso historia—, circunstancias que probablemente incorporan una
componente más terca e incontrolable en las repercusiones que puede producir
una supuesta —nuevamente presunta sería el término más apropiado— ofensa contra
ellos y aquí es donde aparecen las reacciones reaccionarias —si se me permite
el jueguecito literario—. En este sentido, nada debería sorprendernos, por más
que sea una aberración, si alguien tras sonarse públicamente los mocos en una
bandera de España resulta atacado, amenazado o agraviado como consecuencia de
una reacción desproporcionada a un gesto que, desde la irreverencia —que tiene
una indiscutible componente de falta de respeto— encubierta con humor, pretende
hacer chanza de un trapo con colores. Pues mire, yo soy español porque nací en España,
pero tanto hubiera dado haber nacido en China, Alemania, Venezuela o incluso en
Vanuatu. Resulta obvio, por contra, que las circunstancias que nos rodearían en
uno u otro país defieren sobremanera. Tanto es así, que posiblemente en alguno
de esos países, si alguien hubiese decidido sonarse los mocos utilizando un símbolo
nacional —cosa que no creo que se le hubiese ocurrido—, habría terminado sus días
encarcelado o sencillamente habría desaparecido sin necesidad de dar mayores
explicaciones. En este sentido, creo que lo sensato y, por descontado
aprovechando nuestra situación, lo democrático, es reírse de la guasa si es lo
que te apetece, criticarla si te ofende, ofreciendo si se estima, cómo no, el
insulto como «respuesta educada» tan al uso en esta nuestra patria, o ignorándola
llegado al caso, pero nunca trasgrediendo la frontera de lo racional. A mí, personalmente,
no me ofende que alguien se suene los mocos en un trapo coloreado, tampoco me
hace demasiada gracia, la verdad, máxime teniendo en cuenta que este cómico me
ha hecho reír mucho en muchas ocasiones. Me da lástima y me preocupa, eso sí, que
alguien pueda amenazar a otro por este hecho y, sobre todo, que la amenaza tenga
visos de ser creíble. Eso de que los colores simbolicen a una persona o grupo
de personas es como poco, absurdo, aunque esta es mi humilde opinión, seguramente porque aunque conozco la historia —expresado también humildemente— precisamente por eso considero que hoy carece de sentido, más allá de la consabida confrontación permanente que suponen estas circunstancias, prorrogar estas simbologías. Hay cosas que están muy por encima de esto.
No creo que el punto de unión entre los españoles deba ser una bandera, un
escudo o un himno. Creo que habría sido más sano que todos los españoles se
hubiesen ofendido porque la broma hubiera consistido en meterse contra los valores
de este nuestro pueblo, pero, claro, alguien tendría que haberlos enumerado
antes, y los españoles habérnoslos creído.
Imagen:
elperiódico.com
En Mérida
a 10 de noviembre de 2018.
Francisco Irreverente.