Cita previa. (Parte ii y final, aunque quién sabe).



No contento con ello —me refiero a la prueba que tuve que superar para demostrar mi nobleza, esto es, estar al corriente de pago— la Administración, ese ente en ocasiones divino, en ocasiones siniestro, se reservaba para mí un nuevo reto cuyo fin tenía como objeto demostrar mi alcurnia, esto es, mi solvencia económica, en forma de aval que serviría de garante, junto con muchas otras cosas, en caso de incumplimiento del contrato que me disponía a suscribir. Debo insistir en que el procedimiento me parece correctísimo porque permite asegurar que uno no coge el dinero público así como así para destinarlo a lo que le parezca oportuno. Debo insistir en que cualquier circunstancia anómala que pueda acontecer en el proceso de contratación debe ser detectada por parte de la Administración para evitar futuras desavenencias. Sin embargo, ese mismo procedimiento que se exige cumplir, fundamentado en una metodología que a veces parece surrealista, si no fantástica, consume a cualquiera, en especial cuando se encuentra con procelosos funcionarios o personal asociado que se enroca en un vete-tú-a-saber qué encallecido pensamiento y se pierde la noción de sensatez y sentido común que, en coherencia racional, debería regir ciertos designios naturales —o administrativos—.

El caso es que, con mi bula papal en forma de certificado de estar al corriente de pago, tuve acceso a la carta regia, en forma de aval bancario, que completaba parte de la documentación que acreditaba mi solvencia económica. La terminología de esta epístola bancaria debe recoger de forma puntillosa el contenido de la prestación que se va a desarrollar y, sobre todas las cosas humanas y divinas, el beneficiario que resultase en caso de que tuviese que resolverse el contrato. Hasta ahí todo bien, razonable e incluso sensato. Pero, ¿quién es ese beneficiario? Pues, cada cuatro años, esto es, cada legislatura, tiene a bien cambiar atendiendo a los designios del nuevo gobernador regio —elegido democráticamente, eso sí—. Es decir, que cada cuatro años los disponentes para las finanzas cambian porque cambian las consejerías y demás órganos de gobierno, y yo me pregunto ¿cómo es posible tanto celo a la hora de escribir el beneficiario si sabemos que va a cambiar, quiero decir, qué ocurre si el beneficiario es el gobierno directamente, o, al contrario seamos estrictos, qué problema hay en el hecho de que se describa pormenorizadamente el órgano disponente y se pormenoriza entre paréntesis y tras el nombre del disponente la secretaría o dirección general con la que se contrata? Y ojo, que esto es más error mío que de la Administración, solo por el hecho de intentar ser más estricto de lo necesario, el caso es que tocó repetir aval al no ajustarse con la suficiente rectitud al listado de disponentes que se renueva cíclicamente. Pero, como a estas alturas se entenderá, un noble caballero que deba solicitar una nueva carta regia no solo tiene que regresar al prestamista y solicitarla de nuevo. Antes de proceder con su tramitación en la Caja General de Depósitos donde debe ser validado previo a su entrega, es necesario que se bastantee, esto es, comprobar que el aval entregado por la entidad bancaria está firmado por un apoderado con suficiente permiso como para avalar al futurible contratista. Esto es lo más normal del mundo, que hay mucho desaprensivo suelto —y mucho estafador— con vocación falsificadora perfectamente capaz de entregar un documento falso que mal acredite su solvencia. Pero, como quiera que nos encontramos en una época antediluviana donde la tecnología, palabra recién inventada por mí, no existe, es necesario ir a recibir la estampa acreditativa oficial, en forma de sello, en un castillo que se encuentra en el otro extremo de la ciudad amurallada antes de que en la Caja General de Depósitos puedan recogerlo para custodiarlo. Alguien podría pensar, «Pues hombre, sabiendo que uno tiene que ir primero a bastantearlo y luego a depositarlo, bien podría primero validarlo, luego bastantearlo y finalmente depositarlo; total se va en caballo, ¿no?». Pues, seguramente sí, pero ¿y si se hubiese hecho esa consulta previa? Aunque, la ajustada sucesión de acontecimientos para este apartado de la contratación es distinta; resumo: se obtienen los certificados de estar al corriente de pago con todas las administraciones —con los enfrentamientos que puede conllevar con seres fantásticos—; se entregan en el banco; el banco analiza el riesgo que tiene el futurible contratante —recuerdo que ya ganó el concurso—; se firma ante el fedatario público, esto es el notario, la póliza que se suscribe; se entrega en el banco la justificación de la póliza firmada; el banco entrega el aval; el aval se bastantea —en un castillo—; el aval se deposita —en otro—; el justificante del depósito del aval se incorporar al resto de documentación procedente para contratar; si ya se tiene el resto de documentación se entrega —en otro castillo diferente—; y se espera a que le llamen a uno para firmar. En este cúmulo de eventos, uno, cuando obtiene el modelo de aval, ciertamente debería, tras haber sido cumplimentado, pero antes de que oficialmente lo emita el banco, acercarse a la Caja General de Depósitos —uno de los castillos— para comprobar si, una vez bastanteado —en otro—, podría ser depositado en dicha Caja General —el primero de los castillos— para obtener el justificante del depósito… En fin, sí, ese debería ser el procedimiento. Al menos, debe agradecerse a la Administración la creación del Registro Oficial de Licitadores (ROL) en el que este trámite solo tiene que hacerse una vez —y renovarse periódicamente— simplificando el proceso, pero claro, no es factible estar dado de alta en el ROL de todas las Administraciones existentes, que son muchas, muchas, muchas…

Todavía no se ha concluido el proceso con la firma del contrato, aunque para tranquilidad de la Administración ya llevamos algún tiempo trabajando en él para, si resultásemos —no adjudicatarios, que ya lo somos— sino firmantes, poder cumplir con los plazos impuestos. Ojalá pueda dar una noticia positiva y firmar el contrato.  


Imagen: http://cajas10.com /


En Mérida a 7 de septiembre de 2017.
Rubén Cabecera Soriano.
@EnCabecera
https://encabecera.blogspot.com.es/

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